sábado, 14 de mayo de 2016

FERNANDA UBAQUE & KELLY RIVEROS

GLOSARIO

1.  Matrimonio: Es la unión entre  dos personas del mismo o diferente género los cuales formarán una familia bajo términos legales.

 2. Cohabitación: Es una promesa con otra persona de casarse, seguida con una unión sexual. 
      
      3.  La affectio maritalis: Es la voluntad d de casarse y a la vez mostrar respeto por su pareja ante ella y los demás.

    4. Cum Manu: Es una de las formas matrimoniales. Si el adinerado era él la mujer dejaba cualquier vínculo económico con su familia, si por el contrario era ella, el marido administraba sus bines económicos, así ella no perdía vínculo con su familia.

      5. Sine mamu: es otra forma de matrimonio de las más comunes en el imperio  en la cual la esposa no perdía el vínculo con su familia.

       6. La Dote: Es otra forma de matrimonio. En la cual el padre de la mujer otorgaba al esposo  una suma monetaria por ella haberse casado con él, al inicio no era obligatoria pero luego Justiniano la declaro como obligación legal.
            
         7.   Esponsales: Otra forma de matrimonio. La cual consiste en  el pacto bien sea de los futuros esposos o sus padres para llevar a cabo una unión marital.

       8.  Apunte suplementario:
  •          Vesta: Diosa romana  del hogar, ella representaba la pasión del amor entre parejas, el calor del hogar  permitiendo que ellos siguieran unidos y la fidelidad entre ellos.

   9.       Celebración del matrimonio cum manu.

·         La coeptio: consistía en el que el futuro esposo concedía cierta cantidad de bien al padre de la mujer, para recibirla a ella a cambio.
·         La confarreatio: forma de otorgar matrimonio por medio de distintos rituales los cuales eran muy significativos, como que la mujer estuviese vestida de blanco, su padre la entregara, sacrificar una oveja entre otros. 

         10.   Ley canuleia: hizo desaparecer la prohibición entre patricios y plebeyos, libres y libertos.
       
                 11.    Contubernio: la unión de esclavos. 
        
12. Requisitos para contraer matrimonio.

*hombres mayores de 14 y mujeres mayores de 12 años.

*se requería el consentimiento de sus familias.

13.  Impedimentos para contraer matrimonio.

·         Absolutivos

*el no ser castos.

*ya estar casados  o tener un matrimonio vigente.

*ser esclavos.

*no tener miembro reproductor. 


·         Relativos

*no se podían casar si tuviesen algún lazo familiar.

*profesar religiones distintas.

*distintas clases sociales.

14. Disolución del matrimonio:
·         Captis Deminutio: es la disminución de la capacidad de pertenecer a una vida jurídica: libertad, ciudadanía y familia.

Clases:                                                                                                                                                      

 *Captis Deminutio máxima: alguno de los dos cónyuges era capturado perdía todo, convirtiéndose así en esclavo, si era capturado por una deuda, sus bienes pasaban a ser del estado, pero, si era por desacato a la autoridad un tutor administraba sus bienes hasta su regreso.
   
*Captis Deminutio media: Una persona perdía su ciudadanía y familia, sus bienes podían estar a una disposición para pagar sus deudas.  

*Captis Deminutio mínima: el matrimonio se disolvía puesto que por este acto los cónyuges pasaba a ser hermanos.

15. Divorcio: la separación de la unión marital, en la cual si era por parte de la mujer ella tenía que pagar una suma económica, también podía llevarse a cabo por otro medio como: 

·         Divortium Ex Iusta Causa: cuando la mujer estaba con otro hombre ajeno a su esposo o se le acusaba de manera errónea estarlo, considerado adulterio.

·         Divortium Bona Gratia: era llevado a cabo por la impotencia o esterilidad, es decir ninguno de los dos era culpable.

·         Divortium sine causa: por voluntad de alguno.

·         Divortium communi consensu: mutuo acuerdo de la pareja.

 16. Régimen de los bienes y el matrimonio: inicialmente el esposo administraba la totalidad de los bienes, posteriormente se concedió el dote para hacer valer ciertos derechos de la mujer.

·         Los regímenes se dividían en:

 *régimen de absorción de bienes: los bines de la mujer pasan a ser del marido.

*régimen de separación de bienes: cada uno tenía sus bienes en su poder, el hombre podía administrar los de su mujer bajo las condiciones que ella le impusiera, si el matrimonio se disolvía debía de devolverle todos los bienes a ella. 

17. Dote: Bienes que la mujer o un familiar de ella da al esposo para contribuir con la restructuración del hogar y carga  matrimonial.

*régimen dotal: dote para el matrimonio  com manus y matrimonio sinemanu.

Actio ex stipulatu: promesa que hacia el esposo a la mujer la cual consistía en devolverle sus bienes en caso de divorcio

18. Constitución de la dote: surgieron tres formas.

*dotis datio: una constitución que consistía en que los bienes de la mujer aun sin casarsen pasaban a ser del marido, pero si estos no se casaban los bienes volvían a ser de la mujer.

*dotis primissio: una constitución obligatoria, en la cual se estipulaba que todo seria del esposo.

*dotis dictio: una constitución obligatoria típica que consistía en conjunto de bienes que se dan al marido para que sostenga las cargas de la familia.

Dote durante el matrimonio: pertenecía al marido, el cual debía mantener intacta.

Restitución de la dote: los bines volvían a ser de la mujer al separarse. 

Realizado por:

FERNANDA UBAQUE

KELLY RIVEROS








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