martes, 17 de mayo de 2016

Sergio Alejandro Monzón Batalla & Jhon Edinson Pinzón Bocanegra

MATRIMONIO

Incapaces: La capacidad era limitada por: edad, sexo, alteraciones mentales y
prodigalidad.

Por La edad: El infante era hasta los 7 años, ese era el que no podía hablar
con razón, el impúber (mujer de 7 a 12años, hombre de 7 a 14años) no se le
podía obligar, pero si tenía derecho a celebrar ciertos actos jurídicos.

Por el sexo: La mujer fue discriminada en todo.

Alteraciones mentales u otra enfermedad: A las personas que tenían
discapacidades se les consideraban débiles.

Prodigalidad: Un defecto de la personalidad, el prodigo gastaba el dinero o la
fuente de riqueza de ellos pudiendo dejar a los herederos en la ruina, para
solución de esto se le nombraba un curador para que le administrara los
bienes.

EL MATRINONIO
Se definió como la Unión del hombre y la mujer (affectio martialis): deseo del
hombre y la mujer de vivir juntos por toda la vida, pero en contradicción en
roma se permitió el divorcio.

La Cohabitación: Desde el momento que la mujer entrara a la vivienda del
marido.

Afectio Maritalis: El deseo de llevar acabo el matrimonio y un trato respetuoso

con los parientes.
Formas matrimoniales

Cum Manu: Cuando se lleva acabo el matrimonio, la mujer pierde su herencia
familiar de sangre y sus costumbres y pasa a estar en manos del esposo y a
pertenecer al núcleo familiar de él y adaptarse a su nueva familia.

Sine Manu: Donde la esposa no rompía los lazos con su familia de sangre.
La Dote: El pater de la mujer le entregaba bienes al marido como obsequio por
dejarla pertenecer a su familiar, los bienes eran para el gasto del hogar.

Esponsales: Promesa de los novios para la futura celebración del matrimonio.

Celebración del matrimonio Cum Manu

El usus: Después de vivir un año ininterrumpidamente la esposa se iba a
quedar tres noches con la familia consanguínea con el fin de que no se
rompieran los lazos familiares.

La Coemptio: La compra al pater su futura esposa, en la cual se le
entregaba cobre como pago, a esto se le llamo (del cobre y la balanza).

La Confarreatio: Algunos rituales para cuando se llevaba a cabo el matrimonio,
eje: la mujer usaba vestido blanco, La mujer era llevada a la casa del esposo
por el pater etc.

Requisitos Para contraer Matrimonio
Las mujeres tenían que ser mayor de 12años y los hombres de
14años.
El consentimiento de los pater de familia.

Impedimentos para contraer matrimonio:

Absolutos: votos de castidad, estar casado, la castración.

Relativos: No puede contraer matrimonio con personas según su:

Parentesco: No se podían casar los que estuvieran vinculados genéticamente y
tampoco se puede casar con un familiar de alguien con que se tenga
parentesco como por ejemplo entre padrino y su ahijada.

Religión: Entre cristianos y judíos por tener diferentes creencias.

Cargo: No se podían casar las personas que estuvieran vinculadas en un
trabajo tampoco se podían casar las divorciadas antes de que se cumplan diez
meses del fallecimiento de su antiguo esposo.

Disolución del matrimonio: se disolvía por muerte o por divorcio.
Capitis Deminutio: se cree que era la salida del individuo o la cabeza de la
familia el concepto no traduce pérdida sino el estatus que tenía antes.

Clases de captitis diminutio:

Capitis deminutio máxima: Era cuando uno de los cónyuges era convertido en
esclavo, la capitis la ordenaba el estado y sus bienes pasaban a ser del estado.

Capitis deminutio media: Cuando un ciudadano era deportado perdía la
capacidad de contraer matrimonio, la persona pasaba a ser regida por ius
Gentium y el pretor concedía a los acreedores los bienes.

Capitis deminutio mínima: Se perdía el ius agnaciones y se hacia la disolución
del matrimonio se adoptaba al yerno o a la nuera y así los cónyuges pasaban a
ser hermanos.
Divorcio: No era bien visto, no hacía falta alegar ninguna causa, también se
podía pedir el divorcio por otros medios como los siguientes:

Divortium ex iusta causa: Si la mujer era adultera o si había sido acusada
falsamente de serlo.

Divortium bona gratia: Sin culpa de ninguno de los dos, generalmente era por
impotencia.

Divortium sine causa: se hacía solo por pura voluntad.

Divortium communi consensu: Era de acuerdo mutuo.

Régimen de los bienes en el matrimonio: Estaba dominado por el manus que
era el poder marital del hombre sobre la mujer. Crearon para compensar a la
mujer el matrimonio dote que le daba la adquisición del derecho de suceder en
la familia del marido.

Régimen de absorción de bienes: Si el matrimonio va a acompañado de
manus, los bienes de la mujer pasaban a beneficiar el patrimonio del marido.

Régimen de separación de bienes: conserva la cantidad de los bienes, los
bienes son administrados por la mujer y ella puede darlos al marido para que
este los administre, pero el marido debía seguir las instrucciones de la mujer y
si hacia algo sin su autorización ella podía usa el rey vindicatio.

Régimen Dotal: en el matrimonio cum manus, el marido se hacía propietario de
la dote, también los bienes dotales pasaban al marido. El marido debía
prometer a su futura esposa que le restituiría la dote en caso de divorcio.

Constitución de la dote: Existieron 3 formas de constitución de la dote que son
las siguientes:

Dotis datio: Era la transmisión de la propiedad de los bienes dotales utilizando
el mancipatio.

Dotis promissio: Es parte de las constituciones obligatorias, era una promesa
de dote hecha en forma de stipulatio, que obligaba a transmitir todos los bienes
dotales.

Dotis dictio: Era una constitución obligatoria, en la que dice que solo la mujer
podía intervenir por el mandato de esta, era una promesa unilateral de
constitución de la dote que ocurría antes del matrimonio.

La dote durante el matrimonio: La dote pertenecía al marido o a quien ejerce
sobre él.

Restitución de la dote: Se tenía que restituir la dote y para esto existían dos
acciones que eran la actio ex estipulatu que mediaba la promesa del marido y

la actio rei uxoriae, si no se había celebrado dicha promesa


REALIZADO POR:

Sergio Alejandro Monzón Batalla

Jhon Edinson Pinzón Bocanegra



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